Personal doméstico: con la suba de octubre, el básico absorbe parte de la suma no remunerativa y se recalculan los mínimos
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares aplicó el tercer tramo del esquema escalonado previsto para el último tramo del año. El ajuste de octubre es del 1,7% y, en paralelo, se incorpora al sueldo básico la mitad de un adicional que hasta ahora se pagaba por separado.
Vamos a los números. El personal de casas particulares atraviesa desde el 1 de octubre una nueva actualización de sus remuneraciones mínimas, en el marco del esquema de subas escalonadas que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares definió mediante la Resolución 6/2026 para el período comprendido entre agosto y diciembre. Después de los incrementos del 1,9% aplicado en agosto y del 1,8% de septiembre, el ajuste de octubre se ubica en el 1,7%, y quedará seguido por dos tramos finales del 1,6% en noviembre y diciembre, completando así la grilla prevista para el cierre del año.
La variación interanual resulta relevante para dimensionar el esfuerzo salarial del sector. Si se encadena el incremento de octubre con los aplicados en los meses previos del mismo esquema, la mejora acumulada desde agosto se ubica en torno al 7,2%, un porcentaje que, comparado con la inflación del mismo período, permite evaluar la evolución real de los ingresos del personal doméstico, históricamente uno de los segmentos más sensibles a la dinámica de precios.
Qué cambia con la incorporación al básico
Además del porcentaje de actualización, la resolución introduce desde octubre una modificación estructural en la composición del salario. A partir de este mes, el 50% de la suma no remunerativa que se había abonado en agosto se incorpora al básico, lo que impacta de manera directa en el cálculo de los aportes y contribuciones a la seguridad social, en las indemnizaciones y en los adicionales que se calculan sobre el sueldo de referencia.
Esa suma no remunerativa varía según la cantidad de horas semanales trabajadas y se ubica en un rango que va de 8.000 a 20.000 pesos, de modo que la mitad que ahora se suma al básico oscila entre 4.000 y 10.000 pesos, dependiendo de la jornada. La parte restante continuará pagándose como concepto no remunerativo hasta su completa integración, prevista en los próximos tramos del esquema.
Categorías, modalidades y adicionales vigentes
Los valores mínimos que rigen desde octubre se organizan según la categoría laboral —que va desde la primera, destinada a personal para tareas generales, hasta la quinta, correspondiente a tareas específicas— y según la modalidad de trabajo, con o sin retiro. Las remuneraciones mensuales y los valores por hora presentan diferencias sustanciales, y la normativa prevé además recargos del 50% para las horas extra en días hábiles y del 100% cuando el trabajo se presta los sábados después de las 13, los domingos o los feriados.
- Plus por zona patagónica: adicional del 31% para relaciones laborales cuyo domicilio de trabajo se encuentre en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.
- Adicional por antigüedad: equivale al 1% del salario básico por cada año de servicio con el mismo empleador y se calcula exclusivamente sobre los años de esa relación laboral particular.
- Horas extra en días comunes: recargo del 50% sobre el valor de la hora normal.
- Horas extra en sábados después de las 13, domingos y feriados: recargo del 100%.
- Suma no remunerativa residual: la otra mitad del concepto abonado en agosto se mantiene como no remunerativa y se integrará en los tramos siguientes.
Qué indicador mirar en noviembre
De cara al mes que viene, el indicador clave a seguir es la confirmación oficial de los nuevos valores mínimos que surgirán de aplicar el 1,6% de noviembre sobre los básicos ya actualizados de octubre, junto con la posible integración de un nuevo porcentaje de la suma no remunerativa al sueldo de referencia. Cualquier modificación en la composición del básico impactará de forma inmediata en el cálculo de aportes, en el adicional por antigüedad y en las indemnizaciones que correspondan, por lo que resulta recomendable que las partes empleadoras verifiquen los recibos de sueldo antes del próximo cierre de liquidación. En un segmento donde la informalidad sigue siendo elevada, la correcta aplicación de estos ajustes constituye una herramienta central para garantizar los derechos laborales del personal de casas particulares.
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