ARCAHk Recorta Sanciones Formal y Abre a una Rebaja Extraordinaria
La Ley 27.826 reduce un 25% determinadas multas administrativas y habilita una rebaja del 50% para sanciones anteriores al 9 de octubre de 2026, bajo condiciones de regularización y renuncia.
Vamos a los números: la Ley 27.826, vigente desde el 9 de octubre de 2026, modifica el régimen sancionatorio de la Ley de Procedimiento Fiscal 11.683 y contempla dos beneficios para contribuyentes que incumplieron obligaciones administrativas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ARCA.
Una reducción permanente y automática
El primer mecanismo establece un descuento permanente del 25% sobre determinadas multas formales. El beneficio alcanza a micro, pequeñas y medianas empresas, personas físicas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no estén categorizadas como Grandes Contribuyentes Nacionales. La reducción opera de pleno derecho, sin necesidad de trámite previo.
El régimen cubre infracciones como la falta de presentación de declaraciones juradas, el incumplimiento de requerimientos del organismo, la infracción de deberes formales generales y el incumplimiento de regímenes de información. El descuento también se refleja en los montos máximos de la escala sancionatoria.
- Una multa de $440.000 por no presentar una declaración jurada de una sociedad queda reducida a $330.000.
- Para una persona física, la sanción por esa misma causa baja de $220.000 a $165.000.
- La multa máxima por resistencia a la fiscalización pasa de $35 millones a $26,25 millones.
La rebaja extraordinaria y sus límites
El segundo beneficio es una reducción extraordinaria del 50% sobre multas por infracciones cometidas antes del 9 de octubre de 2026, siempre que las obligaciones hayan vencido desde el 2 de enero de 2026. Para solicitarla, la sanción no debe estar firme o, en caso de estarlo, debe continuar impaga.
La regularización es indispensable. El contribuyente debe cumplir con la obligación que originó la multa antes de solicitar el descuento o de manera simultánea. Además, debe aceptar sin discusión la porción de la sanción que no se reduce y renunciar a cualquier reclamo vinculado con ella. Si existe un litigio en curso, también asume las costas del proceso.
El régimen no comprende una devolución para multas ya pagadas. En consecuencia, el alivio económico se concentra en sanciones pendientes y en contribuyentes que todavía pueden regularizar la obligación PERFORMANCEAL. Respecto del año anterior, la cambio normativo implica una reducción general del 25% para los sujetos comprendidos y una posibilidad adicional de rebaja del 50% para Certain casos.
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