Después de once años levantando fruta, la empresa le dijo que no había lugar para él: la Justicia neuquina le dio la razón
Un embalador se lesionó el hombro, pidió tareas livianas y la cooperativa respondió que no tenía puesto. Cuatro años después, la Cámara de Apelaciones confirmó que no alcanza con decirlo: hay que demostrarlo.
Son las seis de la tarde en el galpón de empaque y el rumor ya corrió entre los compañeros. El embalador se para frente al telegrama con el alta médica en la mano y la pregunta que nadie quiere hacerse en voz alta: qué hago ahora. Le duele el hombro derecho desde agosto del 2021, la ART lo tuvo a maltra ocho, y cuando el médico por fin lo dejó volver a trabajar fue con una condición escrita: nada de cargar peso. Levantar una caja de peras o de manzanas quedaba afuera de lo posible. Eso, para un embalador de primera categoría con más de una década adentro del galpón, es casi como decirle que se vaya.
Acá en la zona centro de Neuquén, donde las cooperativas frutícolas marcan el pulso de buena parte de la actividad privada, el caso terminó en los escritorios del Juzgado Laboral N°3 y de ahí a la Cámara de Apelaciones. El hombre había entrado a la cooperativa en enero de 2011. En todo ese tiempo no había acumulado una sola sanción. Su trabajo era de los más duros: armar y estilar cajones que después iban a las cámaras de frío y de ahí al mercado. Hasta que el hombro dijo basta.
El ida y vuelta que terminó en juicio
Con el alta bajo el brazo, el operario mandó un telegrama pidiendo la reincorporación. La cooperativa respondió por carta documento: reconocía la restricción médica, pero afirmaba que no existía ningún puesto disponible que se ajustara a ella. El trabajador insistió por escrito, y hasta se tomó el trabajo de detallar en qué sectores del galpón podía desempeñarse sin levantar peso. La respuesta volvió a ser la misma. Ante ese panorama, se consideró despedido en forma indirecta, una figura legal que le permite al empleado cortar el vínculo cuando entiende que la empresa no le dejó otra salida.
Lo que dijeron los compañeros
En el juicio declararon seis compañeros de trabajo. Describieron tareas concretas que no requerían levantar peso: el sellado de etiquetas, el fichado de cajas con engrudo y el colgado en el sector conocido como el aéreo. Varios coincidieron en que, cuando alguien se lastimaba o no podía cargar peso, la empresa lo reubicaba en esas funciones. Uno de los testigos señaló que al menos cuatro embaladores habían sido trasladados a otros sectores en situaciones similares.
Gloria, que trabaja en el sector de etiquetado desde hace años y conoce el galpón de memoria, me dice por teléfono que siempre hubo forma de reubicar a alguien mientras se recupera. Acá en la zona centro, explica, el aéreo y el fichado son los destinos clásicos cuando un compañero queda fuera de combate. No es un invento del abogado: es lo que se vio siempre.
Lo que resolvió la Justicia
El juez Luis Trani valoró esos testimonios como coherentes, ordenados y concordantes, y concluyó que la cooperativa tenía posibilidades reales de reubicar al trabajador y optó por negarlas. Subrayó además un principio clave en estos casos: cuando una empresa alega que no tiene puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, es ella la que debe probarlo. La cooperativa no lo hizo. La Cámara de Apelaciones confirmó ese criterio y la condena quedó firme.
El monto original de condena fue de 676.751 pesos más intereses calculados desde 2022, una cifra muy por debajo de los más de cuatro millones que había reclamado el trabajador en su demanda. La discusión de fondo, sin embargo, no pasó tanto por los números como por una pregunta más simple: se puede decir que no hay puesto, o hay que demostrarlo. La respuesta de la Justicia neuquina fue clara: hay que demostrarlo.
Para nosotros, los que pasamos horas en el galpón cargando fruta, la sentencia deja una certeza que vale más que cualquier indemnización: no alcanza con una carta documento para sacarse de encima a un trabajador lesionado. Lo que el operario espera ahora es que la condena se haga efectiva de una vez y que la próxima vez que alguien se lastime el hombro, la cooperativa se acuerde de que existían tareas livianas que siempre estuvieron ahí.
Comentarios
0Todavía no hay comentarios. Sé el primero.
Tierra Colorada Noticias